Declaración de la renta en una Nuda Propiedad: ¿Qué debes saber?

La nuda propiedad es una figura legal que puede presentar situaciones particulares a la hora de realizar la declaración de la renta. Si eres propietario de una nuda propiedad o estás considerando adquirir una, es importante entender cómo afecta este tipo de propiedad a tus obligaciones fiscales. La declaración de la renta puede volverse un terreno complejo y confuso, pero con la información adecuada podrás cumplir con tus responsabilidades tributarias de manera correcta y sin contratiempos.

 

 

¿Qué es la Nuda Propiedad?

 

 

Es una herramienta legal utilizada por gente de alta edad en el que ellos venden la Nuda Propiedad pero mantienen el usufructo de la vivienda, así obtienen ingresos adicionales durante su jubilación a través de su vivienda y siguen disfrutando de ella.

Por otro lado, el comprador adquiere la nuda propiedad con un descuento sobre el valor de mercado con la condición de no poder hacer uso de ella hasta el fallecimiento del usufructuario.

 

¿Hay que declarar la Nuda Propiedad?

 

 

La respuesta más simple es depende. Para empezar se debe separar al Nudo Propietario y al usufructuario y además, las condiciones de cada persona puede afectar de forma diferente en la declaración de la renta.

 

 

¿Tiene que declarar el comprador de la nuda propiedad?

 

 

El comprador de la nuda propiedad no deberá declarar la nuda propiedad hasta el fallecimiento del usufructuario, ya que durante ese periodo el nudo propietario no puede hacer ningún uso de la vivienda.

 

 

¿Tiene que declarar el vendedor de la nuda propiedad?

 

 

Las rentas percibidas en la venta de la nuda propiedad deben ser declaradas en el IRPF, como también las rentas recibidas si el usufructuario alquilara la vivienda.

 

 

¿Cómo se declara la nuda propiedad de la vivienda?

 

 

La venta de la nuda propiedad tributa como ganancia patrimonial aunque al no ser una venta del pleno dominio, no hay que tributar el 100% del valor de referencia utilizado.

El valor del usufructo tiene un valor fiscal y se calcula en función de la edad y esperanza de vida del usufructuario. El valor del usufructo se restará al valor de venta que corresponda y de declara solo por la diferencia.

 

¿Casos de exenciones en el IRPF?

 

Hay casos en los que los propietarios tienen exenciones en el IRPF en la transmisión de una vivienda. Estas exenciones también son aplicables para la venta de la nuda propiedad. Para percibir este beneficio tienen que cumplirse los siguientes requisitos:

 

– Ser mayor de 65 años o ser una persona en situación de dependencia severa o gran dependencia.

– Que la vivienda en cuestión sea la vivienda habitual.

 

¿Cómo tributa el usufructo en la declaración de la renta?

 

Siendo usufructuario, tienes el derecho de obtener rentas a través de la vivienda alquilando la vivienda en vez de vivir en ella. En tal caso, si arriendas o cedes el inmueble habrá que declarar por rentas de rendimiento de capital inmobiliario.

 

En conclusión, la declaración de la renta en una nuda propiedad puede presentar ciertos desafíos, pero con el conocimiento adecuado y la asesoría pertinente, puedes cumplir con tus obligaciones fiscales de manera correcta y sin contratiempos. Recuerda que cada situación puede ser única, por lo que es recomendable buscar el apoyo de un asesor fiscal o profesional del derecho para obtener orientación personalizada. Mantente informado sobre las leyes y regulaciones fiscales vigentes, y no dudes en realizar todas las consultas necesarias para asegurarte de cumplir con tus responsabilidades tributarias.

 

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  Ático

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